Orden de 14 de octubre de 2020, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención de la COVID-19, en localidades o parte de las mismas donde es necesario adoptar medidas que no conllevan restricción a la movilidad, y por la que se delega en las personas titulares de las Delegaciones Provinciales o Territoriales competentes en materia de salud la adopción de dichas medidas. - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 14-10-2020
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Ambito: Andalucía
Estado: DEROGADO. Desde 30 de Octubre de 2020 por Orden de 29 de octubre de 2020, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razon de salud publica en Andalucia, para la contencion de la COVID-19.
F. entrada en vigor: 15/10/2020
Órgano emisor: CONSEJERIA DE SALUD Y FAMILIAS
Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 199
F. Publicación: 14/10/2020