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LEY FORAL 24/2022, de 5 de julio, de reconocimiento de las víctimas de abusos sexuales cometidos en el seno de la Iglesia católica de Navarra. - Boletín Oficial de Navarra de 21-07-2022

Tiempo de lectura: 5 min

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Ambito: Navarra

Estado: VIGENTE. Validez desde 31 de Diciembre de 2022

F. entrada en vigor: 22/07/2022

Órgano emisor: Presidencia de la Comunidad Foral de Navarra

Boletín: Boletín Oficial de Navarra Número 145

F. Publicación: 21/07/2022

Documento oficial en PDF: Enlace


PREÁMBULO
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y finalidad. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Principios de actuación.
TÍTULO PRIMERO. Reconocimiento de la condición de víctima
Artículo 4. Declaración de víctima y derecho al reconocimiento público. Artículo 5. Obligaciones de los destinatarios de esta ley foral. Artículo 6. Incumplimiento de las condiciones.
TÍTULO SEGUNDO. Comisión de reconocimiento de las víctimas de ataques contra la integridad física, la indemnidad y la libertad sexual en el ámbito de la Iglesia católica
Artículo 7. Creación. Artículo 8. Composición. Artículo 9. Nombramiento y toma de posesión. Artículo 10. Organización y funcionamiento. Artículo 11. Memoria anual y final de actividad. Artículo 12. Principios de actuación de la Comisión de Reconocimiento.
TÍTULO TERCERO. Procedimiento para el reconocimiento de la condición de víctima
Artículo 13. Inicio del procedimiento. Artículo 14. Instrucción del procedimiento. Artículo 15. Resolución de las solicitudes.
TÍTULO CUARTO. Asistencia a las víctimas y medidas de fomento
Artículo 16. Oficinas de información. Artículo 17. Justicia restaurativa. Artículo 18. Medidas de apoyo. Artículo 19. Fomento de la difusión. Artículo 20. Reconocimiento del papel de las víctimas y sus colectivos representativos.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª.-Constitución de la Comisión de Reconocimiento. D.A. 2ª.-Protección de datos de carácter personal.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª.-Desarrollo reglamentario. D.F. 2ª.-Entrada en vigor.