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LEY 8/2009, de 16 de junio, de transferencia de competencias entre la Comunidad Autonoma y las entidades locales de Castilla y Leon. - Boletín Oficial de Castilla y León de 22-06-2009

Tiempo de lectura: 7 min

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Ambito: Castilla y León

Estado: VIGENTE. Validez desde 21 de Octubre de 2013

Órgano emisor: PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León Número 116

F. Publicación: 22/06/2009


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I II III
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto de la ley y ámbito de aplicación. Artículo 2. Principios generales de la transferencia. Artículo 3. Reglas sobre la transferencia de competencias. Artículo 4. Órganos de seguimiento. Artículo 5. Obligaciones de información por las entidades locales. Artículo 6. Revocación de la transferencia.
TÍTULO I. Delimitación de las transferencias
Artículo 7. Destinatarios. Artículo 8. Materias y competencias. Artículo 9. Funciones en materia de Juventud. Artículo 10. Funciones en materia de Educación. Artículo 11. Funciones en materia de Servicios Sociales. Artículo 12. Funciones en materia de Deportes. Artículo 13. Funciones en materia de Medio Ambiente.
TÍTULO II. Traspaso de medios y revisión
Artículo 14. Traspaso de medios. Artículo 15. Valoración de los servicios traspasados. Artículo 16. Personal funcionario. Artículo 17. Personal laboral. Artículo 18. Gestión de los centros traspasados. Artículo 19. Entrega de bienes y documentación, y subrogación en derechos y obligaciones. Artículo 20. Revisión de los traspasos.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Población de las entidades locales destinatarias de las transferencias. D.A. 2ª. Población de las entidades locales beneficiarias de los traspasos. D.A. 3ª. Constitución de las comisiones mixtas. D.A. 4ª. Efectividad de los traspasos. D.A. 5ª. Cooperación económica con las entidades locales. D.A. 6ª. Mejora de los recursos personales. D.A. 7ª. Valoración de los medios personales de los Centros de día para personas mayores. D.A. 8ª. Integración de centros de las entidades locales en la Comunidad de Castilla y León. D.A. 9ª
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Expedientes en tramitación. D.T. 2ª. Centros y funciones actualmente delegados. D.T. 3ª. Los Órganos de seguimiento en las transferencias a los municipios.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo normativo. D.F. 2ª. Inscripciones, anotaciones y comunicaciones de los bienes inmuebles. D.F. 3ª. Entrada en vigor ANEXO