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LEY 6/2015, de 2 de abril, de la Generalitat, de Reconocimiento, Protección y Promoción de las Señas de Identidad del Pueblo Valenciano - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 09-04-2015

Tiempo de lectura: 8 min

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Ambito: Comunidad Valenciana

Estado: DEROGADO. Desde 28 de Enero de 2016

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA GENERALITAT

Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 7501

F. Publicación: 09/04/2015

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo PREÁMBULO
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto Artículo 2. Definición de las señas de identidad del pueblo valenciano Artículo 3. Ámbito territorial de aplicación Artículo 4. Fines Artículo 5. Colaboración interadministrativa
TÍTULO I. Del reconocimiento
Artículo 6. Reconocimiento de las señas de identidad del pueblo valenciano Artículo 7. La lengua valenciana Artículo 8. Compatibilidad Artículo 9. Transversalidad
TÍTULO II. De la protección, el estudio y la investigación
CAPÍTULO I. Acciones y actuaciones protectoras
Artículo 10. La acción de la Generalitat Artículo 11. La acción de las entidades locales Artículo 12. Las actuaciones de las personas físicas y jurídicas Artículo 13. La colaboración público-privada Artículo 14. Reconocimiento oficial
CAPÍTULO II Actividades de estudio e investigación
Artículo 15. Estudio Artículo 16. Investigación Artículo 17. Publicaciones
TÍTULO III. De la promoción
Artículo 18. Actividad promocional Artículo 19. Medios de comunicación Artículo 20. Campañas institucionales Artículo 21. Ámbito educativo Artículo 22. Subvenciones Artículo 23. Medidas presupuestarias, tributarias y fiscales Artículo 24. Otros ámbitos promocionales y divulgativos
TÍTULO IV. Del Observatorio de las Señas de Identidad del Pueblo Valenciano
CAPÍTULO I. Naturaleza i funciones
Artículo 25. Naturaleza Artículo 26. Funciones
CAPÍTULO II Estructura organizativa y composición
Artículo 27. Estructura organizativa Artículo 28. Composición Artículo 29. De la Presidencia Artículo 30. De la Vicepresidencia Artículo 31. De los y las vocales Artículo 32. De las personas expertas Artículo 33. De la Secretaría
CAPÍTULO III. Del Pleno y las comisiones de trabajo
Artículo 34. El Pleno Artículo 35. Las comisiones de trabajo
CAPÍTULO IV. Régimen de funcionamiento
Artículo 36. Régimen de funcionamiento
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA. Declaración de los festejos taurinos tradicionales de la Comunitat Valenciana (bous al carrer) como patrimonio cultural inmaterial valenciano
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Régimen transitorio del Observatorio de las Señas de Identidad del Pueblo Valenciano
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano D.F. 2ª. Reglamento de Organización y Funcionamiento del Observatorio de las Señas de Identidad del Pueblo Valenciano D.F. 3ª. Habilitación para el desarrollo reglamentario D.F. 4ª. Entrada en vigor