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LEY 4/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de Coordinación del Sistema Universitario Valenciano. [2007/1869] - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 13-02-2007

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Ambito: Comunidad Valenciana

Estado: VIGENTE. Validez desde 21 de Junio de 2012

F. entrada en vigor: 14/02/2007

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA GENERALITAT

Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 5449

F. Publicación: 13/02/2007


PREÁMBULO
TÍTULO I. El Sistema Universitario Valenciano
Artículo 1. Objeto de la ley. Artículo 2. El Sistema Universitario Valenciano. Artículo 3. Principios informadores y objetivos del Sistema Universitario Valenciano Artículo 4. Lengua.
TÍTULO II. Ordenación del Sistema Universitario Valenciano
CAPÍTULO I. Creación y reconocimiento de las universidades
Artículo 5. Creación y reconocimiento de universidades.
CAPÍTULO II. Régimen jurídico de las universidades
Artículo 6. Régimen jurídico.
CAPÍTULO III. Creación, modificación y supresión de centros universitarios
Artículo 7. Creación, modificación y supresión de centros universitarios.
CAPÍTULO IV. Adscripción de centros de enseñanza universitaria a universidades públicas
Artículo 8. Normas generales. Artículo 9. Convenios de adscripción. Artículo 10. Autorización. Artículo 11. Suspensión y revocación de la adscripción.
CAPÍTULO V. Creación, supresión y adscripción de institutos universitarios de investigación
Artículo 12. Creación y supresión de institutos universitarios de investigación. Artículo 13. Adscripción de institutos universitarios de investigación.
CAPÍTULO VI. Autorización de centros universitarios en el extranjero y de centros extranjeros en la Comunitat Valenciana
Artículo 14. Centros universitarios en el extranjero. Artículo 15. Centros que impartan enseñanzas conducentes a la obtención de títulos extranjeros.
CAPÍTULO VII. Registro de universidades, centros y enseñanzas
Artículo 16. Registro de universidades, centros y enseñanzas.
TÍTULO III. Coordinación del Sistema Universitario Valenciano
CAPÍTULO I. Objetivos
Artículo 17. La coordinación universitaria. Artículo 18. Objetivos y fines.
CAPÍTULO II. El Consejo Valenciano de Universidades y de Formación Superior
Artículo 19. Definición. Artículo 20. Estructura. Artículo 21. Funcionamiento. Artículo 22. La Presidencia. Artículo 23. La Vicepresidencia. Artículo 24. La Secretaría. Artículo 25. El pleno. Artículo 26. Nombramiento y cese de los miembros del pleno. Artículo 27. Sesiones del pleno. Artículo 28. Las comisiones permanentes.
CAPÍTULO III. El Consejo Interuniversitario Valenciano de Estudiantes
Artículo 29. El Consejo Interuniversitario Valenciano de Estudiantes.
CAPÍTULO IV. Instrumentos de ordenación y coordinación del Sistema Universitario Valenciano
Artículo 30. El Plan Universitario Valenciano. Artículo 31. La programación universitaria. Artículo 32. El marco plurianual de financiación de las universidades públicas. Artículo 33. Los contratos-programa. Artículo 34. La programación de inversiones en infraestructuras de las universidades públicas.
TÍTULO IV. Garantía de calidad de las universidades valencianas
Artículo 35. La calidad.
TÍTULO V. La actividad universitaria: estudios y enseñanzas
Artículo 36. Titulaciones. Artículo 37. Autorización y supresión de enseñanzas. Artículo 38. Planes de estudios.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Expropiación. D.A. 2ª. Universidades de la Iglesia Católica. D.A. 3ª. Vigencia del marco plurianual de financiación. D.A. 4ª. Informe preceptivo. D.A. 5ª.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Centros docentes adscritos. D.T. 2ª. Centros que impartan enseñanzas conducentes a la obtención de títulos extranjeros. D.T. 3ª. Constitución del Consejo Valenciano de Universidades y de Formación Superior. D.T. 4ª. Puesta en funcionamiento del Registro de Universidades, Centros y Enseñanzas. D.T. 5ª. Constitución del Consejo Interuniversitario Valenciano de Estudiantes.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. D.F. 2ª.