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Ley de Cantabria 4/2007, de 4 de abril, de Cooperacion Internacional al Desarrollo de la Comunidad Autonoma de Cantabria. - Boletín Oficial de Cantabria de 17-04-2007

Tiempo de lectura: 10 min

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Ambito: Cantabria

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2013

Órgano emisor: PARLAMENTO DE CANTABRIA

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 74

F. Publicación: 17/04/2007


Preambulo
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES.
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Objetivos. Artículo 4. Principios. Artículo 5. Criterios. Artículo 6. Prioridades. Artículo 7. Prioridades geográficas. Artículo 8. Prioridades sectoriales. Artículo 9. Prioridades transversales.
CAPÍTULO II. PLANIFICACIÓN, MODALIDADES E INSTRUMENTOS DE LA EVALUACIÓN, SEGUIMIENTO Y COORDINACIÓN DE LAS POLÍTICAS DE COOPERACIÓN.
Artículo 10. Planificación de la cooperación internacional al desarrollo. Artículo 11. El Plan Director. Artículo 12. Los planes anuales o bianuales. Artículo 13. Actuaciones de cooperación internacional al desarrollo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Artículo 14. Instrumentos de la cooperación internacional al desarrollo. Artículo 15. Medios para hacer efectivos los instrumentos de cooperación internacional al desarrollo. Artículo 16. Evaluación de las acciones, de los proyectos y de los programas de cooperación al desarrollo. Artículo 17. Seguimiento. Artículo 18. Coordinación.
CAPÍTULO III. ÓRGANOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA COMPETENTES EN LA POLÍTICA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL AL DESARROLLO.
SECCIÓN I. ÓRGANOS RECTORES.
Artículo 19. Atribuciones del Parlamento. Artículo 20. Atribuciones del Gobierno de Cantabria.
SECCIÓN II. ÓRGANOS EJECUTIVOS.
Artículo 21. Atribuciones de la Consejería competente. Artículo 22. Atribuciones del órgano directivo competente en materia de cooperación al desarrollo.
SECCIÓN III. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN Y CONSULTA.
Artículo 23. Consejo Cántabro de Cooperación Internacional al Desarrollo. Artículo 24. Fondo Cantabria Coopera. Artículo 25. Comisión de Coordinación de la política de cooperación internacional al desarrollo.
CAPÍTULO IV. PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL AL DESARROLLO.
Artículo 26. Fomento de la cooperación no gubernamental. Artículo 27. Agentes de la cooperación internacional al desarrollo. Artículo 28. Condiciones para actuar en el ámbito de la cooperación internacional al desarrollo. Artículo 29. Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo establecidas en la Comunidad Autónoma de Cantabria. Artículo 30. Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Artículo 31. Personas voluntarias. Artículo 32. Cooperantes.
CAPÍTULO V. MEDIOS HUMANOS Y MATERIALES.
Artículo 33. Recursos Humanos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Artículo 34. Contratación externa. Artículo 35. Recursos materiales para la cooperación al desarrollo. Artículo 36. Gastos con alcance plurianual. Artículo 37. Ayudas y subvenciones. Artículo 38. Pago anticipado de subvenciones.
CAPÍTULO VI. PROMOCIÓN DE LA EDUCACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN DE LA SOCIEDAD CÁNTABRA.
Artículo 39. Promoción de la educación y sensibilización.
DISPOSICIONES ADICIONALES
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. Presentación en el Parlamento de la Comunidad Autónoma de Cantabria del primer proyecto del Plan Director. DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Agencia Cántabra de Cooperación Internacional al Desarrollo. DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Fomento de las iniciativas de las personas inmigrantes. DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Participación de entidades con ánimo de lucro en acciones de cooperación internacional al desarrollo. DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA. Iniciativas de solidaridad.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA.
DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA. Modificación de la Ley de Cantabria 11/2002, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales en materia de Tributos cedidos por el Estado. DISPOSICIÓN FINAL TERCERA. Entrada en vigor.