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LEY 3/2019, de 6 de marzo, Reguladora de los Puntos de Encuentro Familiar en la Comunidad de Madrid. - Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 13-03-2019

Tiempo de lectura: 8 min

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Ambito: Madrid

Estado: VIGENTE. Validez desde 14 de Marzo de 2019

F. entrada en vigor: 14/03/2019

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD

Boletín: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Número 61

F. Publicación: 13/03/2019

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

PREÁMBULO
TÍTULO PRELIMINAR
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación Artículo 2. Definición de Punto de Encuentro Familiar Artículo 3. Principios rectores de actuación Artículo 4. Fines del Punto de Encuentro Familiar Artículo 5. Competencias en materia de Puntos de Encuentro Familiar Artículo 6. Composición del Punto de Encuentro Familiar Artículo 7. Funciones de los profesionales del Punto de Encuentro Familiar Artículo 8. Coordinación de los Puntos de Encuentro Familiar
TÍTULO I. Ámbito de actuación
Artículo 9. Ámbito objetivo de actuación del Punto de Encuentro Familiar Artículo 10. Ámbito territorial de actuación Artículo 11. Entidades remitentes Artículo 12. Gestión, Participación y Autorización
TÍTULO II. De las personas beneficiarias y usuarias
Artículo 13. De las personas beneficiarias Artículo 14. De las personas usuarias Artículo 15. De los derechos de las personas beneficiarias Artículo 16. De los derechos de las personas usuarias Artículo 17. Deberes de las personas usuarias Artículo 18. Los Derechos de las personas profesionales Artículo 19. Obligaciones de las personas profesionales
TÍTULO III. De la actuación en el punto de encuentro familiar
Artículo 20. Tipos de actuaciones Artículo 21. Coordinación de la intervención Artículo 22. Duración, horario y calendario Artículo 23. Carácter gratuito Artículo 24. Registros Artículo 25. Registro de expedientes Artículo 26. Registro de entrada y salida de personas usuarias Artículo 27. Del acceso al Punto de Encuentro Familiar Artículo 28. Expediente Artículo 29. Entrevista Artículo 30. Plan de Intervención Individualizada Artículo 31. Información Artículo 32. Inicio de la Intervención Artículo 33. Interrupción de la intervención Artículo 34. Suspensión de la intervención Artículo 35. Seguridad Artículo 36. Protocolo de vigilancia Artículo 37. Listas de espera
TÍTULO IV. Del registro y comunicación previa de la prestación del servicio de Punto de Encuentro Familiar
Artículo 38. Del Registro y comunicación previa de la prestación del servicio de Punto de Encuentro Familiar
TÍTULO V. Del régimen sancionador
Artículo 39. Del Régimen Sancionador
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Criterios de adjudicación D.A. 2ª. Garantías de aplicación de la Ley
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo reglamentario D.F. 2ª. Entrada en vigor