LEY 3/2014, de 19 de febrero, de horarios comerciales y de medidas para determinadas actividades de promoción. - Diario Oficial de Cataluña de 24-02-2014
Índice
Texto
Ambito: Cataluña
Estado: DEROGADO. Desde 04 de Agosto de 2017
Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA
Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 6568
F. Publicación: 24/02/2014
PREÁMBULO
TÍTULO I. HORARIOS COMERCIALES
Artículo 1. Horario general
Artículo 2. Exclusiones del horario comercial general
Artículo 3. Determinación de los municipios turísticos
Artículo 4. Visibilidad del horario comercial
Artículo 5. Tipificación de las infracciones
Artículo 6. Clasificación de las infracciones
Artículo 7. Infracciones leves
Artículo 8. Infracciones graves
Artículo 9. Infracciones muy graves
Artículo 10. Sanciones
Artículo 11. Reincidencia
Artículo 12. Cancelación de antecedentes
Artículo 13. Inspección, procedimiento y órganos sancionadores
Artículo 14. Multas coercitivas
TÍTULO II. MEDIDAS EN MATERIA DE ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN
Artículo 15. Establecimientos especializados en la venta de excedentes o outlets
Artículo 16. Venta en rebajas
TÍTULO III. MODIFICACIÓN DEL TEXTO REFUNDIDO SOBRE COMERCIO INTERIOR
Artículo 17. Modificación del artículo 45 del Texto Refundido aprobado por el Decreto Legislativo 1/1993, sobre comercio interior
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA. Calendario de domingos y festivos con apertura comercial autorizada
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Extinción de las excepciones derivadas de la calificación de municipio turístico
D.T. 2ª. Comunicación de los festivos adicionales por parte de los ayuntamientos
D.T. 3ª. Vigencia del calendario de la Orden EMO/377/2012, de 16 de noviembre, por la que se establece el calendario de apertura de los establecimientos comerciales en domingo y días festivos para los años 2013, 2014 y 2015
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Venta de productos culturales durante el Día de San Jorge
D.F. 2ª. Competencia exclusiva en materia de comercio interior
D.F. 3ª. Carácter supletorio de la Ley 1/1990
D.F. 4ª. Autorizaciones al Gobierno
D.F. 5ª. Entrada en vigor