Ley 21/1986, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1987. - Boletín Oficial del Estado de 24-12-1986
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2011
Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 307
F. Publicación: 24/12/1986
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TITULO I. De los créditos y sus modificaciones
CAPITULO I. Créditos iniciales y financiación de los mismos
Artículo 1. De los créditos iniciales del Sector Público Estatal.
Artículo 2. De los estados de gastos e ingresos del Sector Público Estatal.
Artículo 3. De la financiación de los Créditos del Sector Público Estatal.
Articulo 4. Vinculaciones de los créditos.
CAPITULO II. Normas de modificación de créditos presupuestarios
Artículo 5. Principios generales.
Articulo 6. Transferencias de crédito.
Artículo 7. Competencia de los titulares de los Departamentos ministeriales.
Artículo 8. Competencias específicas del Ministro de Economía y Hacienda.
Articulo 9. Competencias del Consejo de Ministros.
Artículo 10. Otras modificaciones presupuestarias.
Articulo 11. Modificaciones en los Presupuestos de la Seguridad Social.
TITULO II. De los Gastos de Personal Activo
Artículo 12. Aumento de retribuciones del personal al servicio del sector público.
Artículo 13. Dotación de un fondo adicional.
Artículo 14. Las retribuciones de los altos cargos.
Artículo 15. Retribuciones de los funcionarios del Estado incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto.
Artículo 16. Retribuciones de los funcionarios eventuales e interinos y contratados administrativos.
Artículo 17. Retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Artículo 18. Retribuciones del personal al servicio de la Administración de Justicia
Artículo 19. Retribuciones del personal de la Seguridad Social.
Artículo 20. Aumento de las retribuciones en casos especiales.
Artículo 21. Prohibición de ingresos atípicos.
Artículo 22. Normas especiales.
Artículo 23. Devengo de retribuciones.
Artículo 24. Requisitos para la modificación de retribuciones del personal laboral de la Administración y demás personal no funcionario.
Artículo 25. Contratación de personal laboral con cargo a los créditos de inversiones.
Artículo 26. Relaciones de puestos de trabajo.
TITULO III. De las Pensiones públicas
CAPITULO I. Disposiciones generales
Articulo 27. Concepto de Pensiones públicas.
CAPITULO II. Normas en materia de Clases Pasivas
Artículo 28. Determinación inicial de pensiones de Clases Pasivas del Estado.
Artículo 29. Determinación inicial de pensiones especiales de guerra.
Artículo 30. Pagas extraordinarias.
CAPITULO III. Limitaciones en el señalamiento inicial de pensiones públicas
Artículo 31. Limitación del señalamiento inicial de pensiones públicas.
CAPITULO IV. Revalorización y modificación de los valores de pensiones públicas para 1987
Artículo 32. Revalorización y modificación de los valores de pensiones públicas para 1987.
Artículo 33. Pensiones no revalorizables para 1987.
Articulo 34. Limitación del importe de la revalorización para 1987 de las pensiones públicas.
CAPITULO V. Complementos para mínimos
Artículo 35. Limitaciones para el reconocimiento de complementos para mínimos en pensiones de Clases Pasivas y de la Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local.
Artículo 36. Limitaciones para el reconocimiento de complementos en pensiones inferiores a la mínima, en el sistema de la Seguridad Social.
TITULO IV. De las operaciones financieras
CAPITULO I. Cuantía y límite de los avales
Artículo 37. Cuantía y destino de los mismos.
CAPITULO II. Deuda Pública
Artículo 38. Límite y clase de la autorización.
CAPITULO III. Dotación y compensación del Tesoro al crédito oficial
Artículo 39. Autorizaciones globales y supuestos especiales.
CAPITULO IV. Límite de circulación de moneda metálica
Artículo 40. Límite de circulación de moneda metálica.
TITULO V. Normas tributarias
CAPITULO I. Impuestos directos
Sección 1.ª Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Articulo 41. Tipos de gravamen para personas físicas no residentes.
Artículo 42. Corrección monetaria de variaciones patrimoniales.
Articulo 43. Obligación de declarar.
Artículo 44. Deducciones de la cuota.
Sección 2.ª Impuesto sobre Sociedades
Artículo 45. Tipos de gravamen en el Impuesto sobre Sociedades.
Artículo 46. Deducciones por inversiones.
Artículo 47. Pago a cuenta del Impuesto sobre Sociedades.
Artículo 48. Retenciones a cuenta del capital mobiliario.
Sección 3.ª Impuestos Locales
Artículo 49. Contribución Territorial Urbana.
Artículo 50. Licencias Fiscales.
Artículo 51. Otros Impuestos Locales.
CAPITULO II. Impuestos Indirectos
Sección 1.ª Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales
Articulo 52. Tipos impositivos en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
Artículo 53. Operaciones sujetas.
Sección 2.ª Impuestos Especiales
Artículo 54. Tipos impositivos.
Sección 3.ª Impuesto sobre el Valor Añadido
Artículo 55.
Artículo 56.
CAPITULO III. Otros tributos
Artículo 57. Tasas y tributos parafiscales.
TITULO VI. De los Entes Territoriales
CAPITULO I. Corporaciones Locales
Artículo 58. Participación de los Ayuntamientos en los Impuestos del Estado.
Artículo 59. Participación de las Diputaciones Provinciales y Cabildos Insulares en los Impuestos del Estado.
Articulo 60. Entregas a cuenta y liquidaciones definitivas de las participaciones.
Artículo 61. Opción para asumir los Ayuntamientos la recaudación en períodos voluntario y ejecutivo de las deudas que se especifican.
CAPITULO II. Comunidades Autónomas
Artículo 62. Participación de las Comunidades Autónomas en los ingresos del Estado.
Artículo 63. Transferencias a Comunidades Autónomas correspondientes al coste de nuevos servicios traspasados.
Artículo 64. Fondo de Compensación Interterritorial.
Artículo 65. Normas para el pago y el control de la gestión de las subvenciones.
Artículo 66. Anticipos a las Comunidades Autónomas.
TITULO VII. De los procedimientos de gestión presupuestaria
CAPITULO I. Cuantías y condiciones de la contratación administrativa
Artículo 67. Contratación directa de inversiones.
Artículo 68. Cuantía mínima de aprobación de gastos de inversiones por el Consejo de Ministros.
Artículo 69. Compromiso de gastos en materia de vivienda.
Artículo 70. Contratación en el ámbito de la Seguridad Social.
Artículo 71.
CAPITULO II. Otras disposiciones relativas a la gestión presupuestaria
Artículo 72. Sistema de Información Contable.
Artículo 73. Proyectos de inversión.
Artículo 74. Módulo económico de distribución de fondos públicos para sostenimiento de Centros concertados.
Artículo 75. Presupuesto de Universidades de competencia de la Administración del Estado.
TITULO VIII. Normas relativas al Presupuesto de Acciones Conjuntas España-Comunidades Europeas
Articulo 76. Disposiciones generales.
Artículo 77. Ampliación y transferencia de créditos.
Artículo 78. Normas de gestión de créditos de inversiones.
Artículo 79. Intervenciones comunitarias de mercado.
DISPOSICIONES ADICIONALES
Disposiciones adicionales en materia de personal
D.A. 1ª.
D.A. 2ª.
D.A. 3ª.
D.A. 4ª.
D.A. 5ª.
D.A. 6ª.
Disposiciones adicionales que modifican normas legales no tributarias
D.A. 7ª.
D.A. 8ª.
D.A. 9ª.
D.A. 10ª.
D.A. 11ª.
D.A. 12ª.
D.A. 13ª.
D.A. 14ª.
D.A. 15ª.
D.A. 16ª.
D.A. 17ª.
Disposiciones adicionales que modifican normas tributarias
D.A. 18ª.
D.A. 19ª.
D.A. 20ª.
D.A. 21ª.
D.A. 22ª.
D.A. 23ª.
D.A. 24ª.
D.A. 25ª.
D.A. 26ª.
D.A. 27ª.
Disposiciones adicionales en materia de Inspección y recaudación tributaria
D.A. 28ª.
D.A. 29ª.
D.A. 30ª.
D.A. 31ª.
Disposiciones adicionales sobre reforma de las estructuras de la Administración del Estado
D.A. 32ª.
D.A. 33ª.
Otras disposiciones adicionales
D.A. 34ª.
D.A. 35ª.
D.A. 36ª.
D.A. 37ª.
D.A. 38ª.
D.A. 39ª.
D.A. 40ª.
D.A. 41ª.
D.A. 42ª.
D.A. 43ª.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª.
D.T. 2ª.
D.T. 3ª.
D.T. 4ª.
D.T. 5ª.
D.T. 6ª.
D.T. 7ª.
D.T. 8ª.
D.T. 9ª.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª.
D.F. 2ª.
D.F. 3ª.
D.F. 4ª.
D.F. 5ª.
D.F. 6ª.
D.F. 7ª.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. 1ª.
D.DT. 2ª.
D.DT. 3ª.
ANEXO I. Créditos ampliables
ANEXO II. Operaciones de crédito autorizadas a Organismos autónomos
ANEXO III. Asunción deuda del INI con efectos 1 de enero de 1987
ANEXO IV. Módulos económicos de distribución de fondos públicos para sostenimiento de Centros Concertados
ANEXO V. Costes de personal de las Universidades de competencia de la Administración del Estado