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LEY 17/2018, de 4 de diciembre, de Investigación e Innovación de Aragón. - Boletín Oficial de Aragón de 19-12-2018

Tiempo de lectura: 12 min

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Ambito: Aragón

Estado: VIGENTE. Validez desde 20 de Diciembre de 2018

F. entrada en vigor: 20/12/2018

Órgano emisor: PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE ARAGON

Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número 244

F. Publicación: 19/12/2018

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

PREÁMBULO
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Fines y objetivos. Artículo 3. Principios. Artículo 4. Definiciones.
CAPÍTULO II. Agentes e Infraestructuras y Equipamientos del Sistema Aragonés de I+D+i
SECCIÓN 1.ª Clasificación de los agentes del sistema aragonés de I+D+i
Artículo 5. Agentes del Sistema Aragonés de I+D+i. Artículo 6. Universidades. Artículo 7. Organismos públicos de investigación y entidades de derecho público. Artículo 8. Red de centros sanitarios y hospitales. Artículo 9. Institutos de investigación. Artículo 10. Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado. Artículo 11. Fundaciones. Artículo 12. Archivos, museos y bibliotecas. Artículo 13. Centros tecnológicos. Artículo 14. Parques científico-tecnológicos. Artículo 15. Empresas y agrupaciones empresariales innovadoras. Artículo 16. Centros de transferencia. Artículo 17. Grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de Aragón.
SECCIÓN 2.ª Empleados públicos al servicio del sistema aragonés de I+D+i
Artículo 18. Clasificación. Artículo 19. Personal de investigación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y de los organismos públicos de investigación adscritos a ella. Artículo 20. Contratación de personal investigador de carácter laboral. Artículo 21. Otras disposiciones aplicables a los empleados públicos del Sistema Aragonés de I+D+i. Artículo 22. Personal de investigación de la Universidad de Zaragoza. Artículo 23. Personal investigador del Sistema Aragonés de Salud. Artículo 24. Marco Europeo para las Categorías de Investigación.
SECCIÓN 3.ª Infraestructuras y equipamientos de I+D+i
Artículo 25. Infraestructuras y equipamientos de I+D+i. Artículo 26. Red de Investigación de Aragón. Artículo 27. Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares. Artículo 28. Otras infraestructuras de excelencia.
CAPÍTULO III. Gobernanza del Sistema Aragonés de I+D+i
SECCIÓN 1.ª Órganos competentes del Sistema Aragonés de I+D+i
Artículo 29. Órganos competentes. Artículo 30. Departamento competente en I+D+i. Artículo 31. Consejo de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Aragón. Artículo 32. Consejo Asesor de Investigación y Desarrollo.
SECCIÓN 2.ª Planificación estratégica de la I+D+i en Aragón
Artículo 33. Plan Autonómico de I+D+i. Artículo 34. Estrategias en I+D+i.
SECCIÓN 3.ª Financiación de la I+D+i
Artículo 35. Financiación pública y privada de la I+D+i. Artículo 36. Financiación pública. Artículo 37. Financiación privada, mecenazgo y crowdfunding.
CAPÍTULO IV. Registro Electrónico de Investigación e Innovación de la Comunidad Autónoma de Aragón
Artículo 38. Objeto y naturaleza. Artículo 39. Fines. Artículo 40. Funcionamiento y diseño. Artículo 41. Acreditación e inscripción. Artículo 42. Cancelación.
CAPÍTULO V. Impulso, fomento e internacionalización de la actividad investigadora e innovadora
Artículo 43. Impulso y apoyo público a la I+D+i aragonesa. Artículo 44. Fomento de la actividad investigadora e innovadora. Artículo 45. Relación del Sistema Aragonés de I+D+i con otros sistemas. Artículo 46. Internacionalización del Sistema Aragonés de I+D+i. Artículo 47. Relación con el Espacio Europeo del Conocimiento. Artículo 48. Valorización y transferencia del conocimiento. Artículo 49. Difusión de los resultados de la I+D+i aragonesa.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Fundación Agencia Aragonesa para la Investigación y el Desarrollo (Fundación ARAID). D.A. 2ª. Implantación de la perspectiva de género. D.A. 3ª. Explotación y cesión de invenciones realizadas por el personal investigador de los centros públicos de investigación de la Comunidad Autónoma de Aragón. D.A. 4ª. Incremento del Fondo Aragonés de I+D+i. D.A. 5ª. Contratación temporal de personal investigador y de personal técnico de apoyo a la investigación para la realización de proyectos específicos de investigación científica y técnica. D.A. 6ª. Régimen retributivo especial de determinado personal investigador contratado por entidades del sector público institucional de la Comunidad Autónoma de Aragón.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Composición del Consejo Asesor de Investigación y Desarrollo. D.T. 2ª. Consolidación de empleo temporal.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón. D.F. 2ª. Desarrollo reglamentario. D.F. 3ª. Regulación de las modalidades de contratación del personal de investigación. D.F. 4ª. Referencia de género. D.F. 5ª. Entrada en vigor. ANEXO