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LEY FORAL 17/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio del año 2007. - Boletín Oficial de Navarra de 31-12-2006

Tiempo de lectura: 16 min

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Ambito: Navarra

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2007

Órgano emisor: 1.1. DISPOSICIONES GENERALES

Boletín: Boletín Oficial de Navarra Número 157

F. Publicación: 31/12/2006

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo
 TÍTULO I. DE LOS CRÉDITOS Y SUS MODIFICACIONES.
CAPÍTULO I. CRÉDITOS INICIALES Y SU FINANCIACIÓN.
Artículo 1. Ámbito de los Presupuestos Generales de Navarra. Artículo 2. Cuantía de los créditos y de los derechos económicos.
CAPÍTULO II. MODIFICACIÓN DE LOS CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS.
Artículo 3. Modificación de créditos presupuestarios. Artículo 4. Ampliaciones de crédito. Artículo 5. Destino de excedentes de crédito por vacantes. Artículo 6. Gestión de las partidas de gastos de personal pendientes de asignación.
 TÍTULO II. DE LOS GASTOS DE PERSONAL.
CAPÍTULO I. RETRIBUCIONES DEL PERSONAL EN ACTIVO.
Artículo 7. Retribuciones del personal funcionario y estatutario de las Administraciones Públicas de Navarra. Artículo 8. Retribuciones del personal laboral de las Administraciones Públicas de Navarra. Artículo 9. Miembros del Gobierno de Navarra, Directores Generales y personal directivo de los organismos públicos.
CAPÍTULO II. DERECHOS PASIVOS DEL PERSONAL FUNCIONARIO DE LOS MONTEPÍOS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DE NAVARRA.
Artículo 10. Actualización de pensiones de las clases pasivas del personal funcionario de los Montepíos de las Administraciones Públicas de Navarra. Artículo 11. Normas aplicables al régimen de derechos pasivos del personal funcionario acogido al sistema anterior a la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo, sobre régimen transitorio de los derechos pasivos del personal funcionario de los Montepíos de las Administraciones Públicas de Navarra.
CAPÍTULO III. OTRAS DISPOSICIONES.
Artículo 12. Reconversión de puestos de trabajo. Artículo 13. Financiación de los Montepíos de funcionarios municipales.
 TÍTULO III. DE LAS OPERACIONES FINANCIERAS.
CAPÍTULO I. AVALES.
Artículo 14. Avales.
CAPÍTULO II. ENDEUDAMIENTO.
Artículo 15. Autorización para emitir Deuda Pública o concertar préstamos o créditos.
 TÍTULO IV. DE LAS ENTIDADES LOCALES.
Artículo 16. Modificación de la Ley Foral 17/2004, de 3 de diciembre, por la que se establece la cuantía y fórmula de reparto del Fondo de Participación de las Haciendas Locales en los tributos de Navarra para los ejercicios presupuestarios de 2005 a 2008. Artículo 17. Fondo anticipado. Equilibrio presupuestario. Artículo 18. Subvenciones y beneficios para inversiones de las Agrupaciones Tradicionales. Artículo 19. Incorporación de créditos correspondientes a planes anteriores al plan de infraestructuras locales 2005-2008. Artículo 20. Fomento de los procesos de reestructuración administrativa.
 TÍTULO V. DE LA GESTIÓN PRESUPUESTARIA.
Artículo 21. Dotaciones presupuestarias del Parlamento de Navarra, de la Cámara de Comptos y de la Institución del Defensor del Pueblo. Artículo 22. Consejo Audiovisual de Navarra y Consejo de Navarra. Artículo 23. Exposición Internacional Zaragoza 2008. Artículo 24. Dotación presupuestaria de la Universidad Pública de Navarra. Artículo 25. Dotación Presupuestaria de los Centros Asociados de la UNED. Artículo 26. Subvención a consultorios locales. Artículo 27. Fomento de transplantes de órganos. Artículo 28. Modificaciones presupuestarias del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. Artículo 29. Centrales Sindicales y Organizaciones Empresariales. Artículo 30. Compromisos de gastos con cargo a futuros presupuestos. Artículo 31. Modificaciones presupuestarias de los programas comunitarios. Artículo 32. Representación del Gobierno de Navarra en Bruselas. Artículo 33. Proyectos de investigación. Artículo 34. Aportación de bienes de dominio privado. Artículo 35. Partidas presupuestarias destinadas a beneficios fiscales. Artículo 36. Sostenimiento de centros concertados y subvencionados. Artículo 37. Gestión de los créditos de los convenios con Ayuntamientos para escolarización de 0 a 3 años del Departamento de Educación. Artículo 38. Gestión del Plan director de infraestructuras de centros escolares. Artículo 39. Compensaciones retributivas del personal docente que presta sus servicios en los comedores escolares subvencionados por el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra. Artículo 40. Modificación del artículo 12.3 de la Ley Foral 26/2002, de medidas para la mejora de las enseñanzas no universitarias.
 TÍTULO VI. DE LA CONTRATACIÓN.
Artículo 41. Atribuciones en materia de contratación. Artículo 42. Contratos de suministros en determinados Organismos Autónomos. Artículo 43. Prestación de garantías.
DISPOSICIONES ADICIONALES
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. Junta de Transferencias. DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Incremento definitivo de las retribuciones del personal funcionario y estatutario de las Administraciones Públicas de Navarra para el año 2006. DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Incremento definitivo de las retribuciones del personal funcionario y estatutario de las Administraciones Públicas de Navarra para el año 2007. DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Incremento y adecuación de retribuciones complementarias del personal docente no universitario del Departamento de Educación. DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA. Adecuación de retribuciones complementarias del personal funcionario al servicio de las Entidades Locales de Navarra. DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA. Convocatoria de pruebas selectivas en el Organismo Autónomo Hacienda Tributaria de Navarra. DISPOSICIÓN ADICIONAL SÉPTIMA. Concesión de anticipos y aplazamientos a los Ayuntamientos y Concejos. DISPOSICIÓN ADICIONAL OCTAVA. Tarifas del Canon de saneamiento de aguas residuales. DISPOSICIÓN ADICIONAL NOVENA. Referencias al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). DISPOSICIÓN ADICIONAL DÉCIMA. Modificación de la Ley Foral 8/2004, de 24 de junio, de protección pública a la vivienda en Navarra. DISPOSICIÓN ADICIONAL UNDÉCIMA. Acreditación cumplimiento de requisitos para acceder a una vivienda protegida. DISPOSICIÓN ADICIONAL DUODÉCIMA. Habilitación presupuestaria. DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMOTERCERA. Módulos económicos de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados. DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMOCUARTA. Compensación económica del personal docente. DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMOQUINTA. Funcionarios sanitarios municipales. DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMOSEXTA. Creación de nuevas zonas básicas de salud. DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMOSÉPTIMA. Alteración de las zonas básicas de salud. DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMOCTAVA. Contrato de asistencia para el control de ayudas provenientes de Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y del Fondo Europeo de Desarrollo Rural (FEADER). DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMONOVENA. Modificación del Texto Refundido de las disposiciones de rango legal sobre Financiación Agraria, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 54/1998, de 16 de febrero. DISPOSICIÓN ADICIONAL VIGÉSIMA. Modificación de la Ley Foral 1/2002, de 7 de marzo, de Infraestructuras Agrícolas. DISPOSICIÓN ADICIONAL VIGÉSIMO PRIMERA. Ayudas a la promoción de polígonos industriales de ámbito local. DISPOSICIÓN ADICIONAL VIGÉSIMO SEGUNDA. Convenios de colaboración con NASUINSA. DISPOSICIÓN ADICIONAL VIGÉSIMO TERCERA. Devolución de prestaciones indebidas de Bienestar Social. DISPOSICIÓN ADICIONAL VIGÉSIMO CUARTA. Actualización de los precios máximos establecidos en la Ley Foral 17/2000, de 29 de diciembre, reguladora de la aportación económica de los usuarios a la financiación de los servicios por estancia en centros para la tercera edad. DISPOSICIÓN ADICIONAL VIGÉSIMO QUINTA. Modificación del Anexo de estamentos y especialidades de la Ley Foral 11/1992, de 20 de octubre, reguladora del régimen específico del personal adscrito al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. DISPOSICIÓN ADICIONAL VIGÉSIMO SEXTA. Modificación de la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo, sobre régimen transitorio de los derechos pasivos del personal funcionario de los montepíos de las administraciones públicas de Navarra. DISPOSICIÓN ADICIONAL VIGÉSIMO SÉPTIMA. Plan de restitución de Yesa. DISPOSICIÓN ADICIONAL VIGÉSIMO OCTAVA. Desarrollo de la Carrera de Enfermería. DISPOSICIÓN ADICIONAL VIGÉSIMO NOVENA. Equiparación salarial de los trabajadores de la enseñanza concertada. DISPOSICIÓN ADICIONAL TRIGÉSIMA. Procesos electorales.
DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA. Entrada en vigor.