LEY 15/2014, de 4 de diciembre, del impuesto sobre la provisión de contenidos por parte de prestadores de servicios de comunicaciones electrónicas y de fomento del sector audiovisual y la difusión cultural digital. - Diario Oficial de Cataluña de 10-12-2014
Índice
Texto
Ambito: Cataluña
Estado: VIGENTE. Validez desde 06 de Julio de 2017
Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA
Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 6767
F. Publicación: 10/12/2014
PREÁMBULO
CAPÍTULO I. Impuesto sobre la provisión de contenidos por parte de prestadores de servicios de comunicaciones electrónicas
Artículo 1. Naturaleza y objetivo
Artículo 2. Ámbito territorial de aplicación
Artículo 3. Hecho imponible
Artículo 4. Supuestos de sujeción
Artículo 5. Supuesto de exención
Artículo 6. Sujetos pasivos
Artículo 7. Período impositivo
Artículo 8. Devengo
Artículo 9. Cuota tributaria
Artículo 10. Autoliquidación
Artículo 11. Gestión, recaudación, comprobación e inspección
Artículo 12. Infracciones y sanciones
Artículo 13. Recursos y reclamaciones
CAPÍTULO II. Fondos para el fomento de la difusión cultural digital y de la industria audiovisual de Cataluña
Artículo 14. Creación del Fondo para el fomento de la difusión cultural digital
Artículo 15. Gestión de los fondos
Artículo 16. Desarrollo reglamentario de los fondos
Artículo 17. Informe sobre el destino de los fondos
DISPOSICIONES MODIFICATIVAS
Disposición Modificativa Única. Modificación de la Ley 1/1991
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Autorización de desarrollo
D.F. 2ª. Entrada en vigor