Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevencion Ambiental de Castilla y Leon. - Boletín Oficial de Castilla y León de 14-04-2003
Índice
Texto
Ambito: Castilla y León
Estado: DEROGADO. Desde 14 de Noviembre de 2015
Órgano emisor: PRESIDENCIA
Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León Número 71
F. Publicación: 14/04/2003
Preambulo
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES.
Artículo 1. Objeto.
Artículo 2. Principios.
Artículo 3. Ámbito de aplicación.
Artículo 4. Definiciones.
Artículo 5. Condiciones generales de funcionamiento de las actividades e instalaciones y de ejecución de proyectos.
Artículo 6. Régimen de intervención administrativa.
Artículo 6 bis. Modificaciones de las actividades o instalaciones.
Artículo 7. Valores límite de emisión y prescripciones técnicas.
Artículo 8. Información ambiental.
Artículo 9. Concurrencia.
TÍTULO II. RÉGIMEN DE LA AUTORIZACIÓN AMBIENTAL.
CAPÍTULO I. OBJETO Y FINALIDAD.
Artículo 10. Actividades o instalaciones sometidas a autorización ambiental.
Artículo 11. Autorización ambiental.
CAPÍTULO II. PROCEDIMIENTO.
Artículo 12. Solicitud.
Artículo 13. Informe urbanístico.
Artículo 14. Información pública.
Artículo 15. Informes.
Artículo 16. Informe del Ayuntamiento.
Artículo 17. Informe del Organismo de cuenca.
Artículo 18. Audiencia.
Artículo 19. Propuesta de resolución.
Artículo 20. Resolución.
Artículo 21. Contenido de la autorización ambiental.
CAPÍTULO III. PUBLICIDAD E IMPUGNACIÓN.
Artículo 22. Notificación y publicidad.
Artículo 23. Impugnación.
TÍTULO III. RÉGIMEN DE LICENCIA AMBIENTAL.
Artículo 24. Actividades e instalaciones sometidas a licencia ambiental.
Artículo 25. Finalidad de la licencia ambiental.
Artículo 26. Solicitud y documentación.
Artículo 27. Tramitación.
Artículo 28. Declaración de Impacto Ambiental.
Artículo 29. Exención del trámite de calificación e informe ambiental.
Artículo 30. Resolución.
Artículo 31. Contenido de la licencia ambiental.
Artículo 32. Notificación.
TÍTULO IV. REQUISITOS PARA EL INICIO DE LA ACTIVIDAD.
Artículo 33. Comunicación de inicio.
Artículo 34. Presentación de la comunicación de inicio.
Artículo 35. Actuación administrativa de comprobación.
Artículo 36. Efectos de la comunicación.
Artículo 37. Obligación de información de cualquier cambio.
TÍTULO V. OTRAS DISPOSICIONES COMUNES AL RÉGIMEN DE AUTORIZACIÓN, LICENCIA Y COMUNICACIÓN AMBIENTAL
Artículo 38. Vigencia de las licencias ambientales.
Artículo 39. Revisión de la autorización ambiental.
Artículo 40. Procedimiento y alcance de la renovación.
Artículo 41. Revisión de oficio de la licencia ambiental.
Artículo 42. Transmisión de las actividades o instalaciones.
Artículo 43. Cambios en el régimen de intervención administrativa.
Artículo 44. Plazos de vigencia de la autorización ambiental y de la licencia ambiental y de cese temporal.
Artículo 44 bis. Cese de la actividad y cierre de la instalación.
TÍTULO VI. EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL.
Artículo 45. Proyectos sometidos a Evaluación de Impacto Ambiental.
Artículo 46. Órganos competentes.
Artículo 47. Capacidad técnica del redactor del documento inicial, del estudio de impacto ambiental y del documento ambiental del proyecto.
Artículo 48. Responsabilidad de los redactores del documento inicial, del estudio de impacto ambiental y del documento ambiental del proyecto.
Artículo 49. Procedimiento.
Artículo 50. Estudio de Impacto Ambiental.
Artículo 51. Información pública.
Artículo 52. Terminación del trámite de evaluación de impacto ambiental.
Artículo 53. Resolución de discrepancias.
Artículo 54. Notificación y Publicidad.
Artículo 55. Coordinación con la Administración General del Estado.
Artículo 56. Seguimiento y vigilancia del cumplimiento de la declaración de impacto ambiental y del informe de impacto ambiental.
Artículo 57. Suspensión de actividades.
TÍTULO VII. RÉGIMEN DE COMUNICACIÓN.
Artículo 58. Actividades o instalaciones sometidas a comunicación ambiental.
TÍTULO VIII. RÉGIMEN DE CONTROL E INSPECCIÓN.
CAPÍTULO I. RÉGIMEN DE CONTROL.
Artículo 59. Prevención y control.
Artículo 60. Justificación y control periódico ambiental.
CAPÍTULO II. RÉGIMEN DE INSPECCIÓN.
Artículo 61. Competencias de inspección.
Artículo 62. Inspección y vigilancia.
Artículo 63. Publicidad.
Artículo 64. Denuncia de deficiencias en funcionamiento.
Artículo 65. Comunicación de irregularidades.
Artículo 66. Suspensión de actividades.
Artículo 67. Ejecución de medidas correctoras.
Artículo 68. Regularización de actividades sin autorización o licencia.
TÍTULO IX. ÓRGANOS DE PREVENCIÓN AMBIENTAL.
Artículo 69. omisiones Territoriales de Medio Ambiente y Urbanismo.
Artículo 70. Consejo de Medio Ambiente, Urbanismo y Ordenación del Territorio de Castilla y León.
Artículo 71. Informes de los órganos de prevención ambiental.
Artículo 72. Régimen Jurídico.
TÍTULO X. RÉGIMEN SANCIONADOR.
Artículo 73. Infracciones.
Artículo 74. Clasificación de las infracciones.
Artículo 75. Responsabilidad.
Artículo 76. Sanciones.
Artículo 77. Graduación de las sanciones.
Artículo 78. Concurrencia de sanciones.
Artículo 79. Medidas restauradoras de la legalidad.
Artículo 80. Medidas provisionales.
Artículo 81. Competencia sancionadora.
Artículo 82. Inactividad de las Entidades Locales.
Artículo 83. Prescripción.
Artículo 84. Procedimiento.
Artículo 85. Multas coercitivas.
Artículo 86. Vía de apremio.
Artículo 87. Infracciones constitutivas de delito o falta.
Artículo 88. Acción pública.
DISPOSICIONES ADICIONALES
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA.
DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.
DISPOSICIÓN FINAL TERCERA.
DISPOSICIÓN FINAL CUARTA.
DISPOSICIÓN FINAL QUINTA.
DISPOSICIÓN FINAL SEXTA.
DISPOSICIÓN FINAL SÉPTIMA.
ANEXO I. CATEGORIAS DE ACTIVIDADES E INSTALACIONES CONTEMPLADAS EN EL ARTÍCULO 10.
ANEXO II. ACTIVIDADES E INSTALACIONES EXENTAS DE CALIFICACIÓN E INFORME DE LAS COMISIONES DE PREVENCIÓN AMBIENTAL.
ANEXO III. PROYECTOS DE OBRAS, INSTALACIONES O ACTIVIDADES A LOS QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 45.2.
ANEXO IV. PROYECTOS DE OBRAS, INSTALACIONES O ACTIVIDADES SOMETIDOS A EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL A LOS QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 46.2.
ANEXO V. ACTIVIDADES O INSTALACIONES SOMETIDAS A COMUNICACIÓN AMBIENTAL