LEY 10/2016, de 1 de diciembre, de medidas de emergencia en relación con las prestaciones económicas del Sistema Público de Servicios Sociales y con el acceso a la vivienda en la Comunidad Autónoma de Aragón. - Boletín Oficial de Aragón de 12-12-2016
Índice
Texto
Ambito: Aragón
Estado: VIGENTE. Validez desde 27 de Agosto de 2022
F. entrada en vigor: 01/01/2017
Órgano emisor: PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE ARAGON
Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número 237
F. Publicación: 12/12/2016
PREÁMBULO
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
Artículo 1.- Objeto.
Artículo 2.- Ámbito de aplicación.
TÍTULO I. Medidas de emergencia en relación con las prestaciones económicas del Sistema Público de Servicios Sociales
CAPÍTULO I. Garantías generales de las prestaciones económicas del Sistema Público de Servicios Sociales
Artículo 3.- Naturaleza de las prestaciones económicas del Sistema Público de Servicios Sociales.
Artículo 4.- Preferencia en la tramitación de las prestaciones económicas del Sistema Público de Servicios Sociales y efectos del silencio administrativo.
Artículo 5.- Inembargabilidad de las prestaciones económicas de carácter social.
CAPÍTULO II. Tipos de ayudas
Artículo 6.- Ayudas de apoyo a la integración familiar.
Artículo 7.- Ayudas de urgencia.
Artículo 8.- Ayudas derivadas de la violencia de género.
Artículo 9.- Prórroga y renovación del Ingreso Aragonés de Inserción.
Artículo 10. - Complemento económico para perceptores de pensión no contributiva.
CAPÍTULO III. Garantías específicas de efectividad del Ingreso Aragonés de Inserción
Artículo 11.- Información trimestral y transparencia de la gestión del Ingreso Aragonés de Inserción.
Artículo 12.- Transparencia de la actividad de la Comisión de Reclamaciones del Ingreso Aragonés de Inserción.
CAPÍTULO IV. Otras garantías de la efectividad los derechos sociales
Artículo 13.- Medicación de enfermos crónicos.
Artículo 14.- Escuelas infantiles.
Artículo 15.- Respuesta educativa.
Artículo 16.- Comedores escolares.
TÍTULO II. Medidas en materia de vivienda
Artículo 17.- Definición de situación de vulnerabilidad y especial vulnerabilidad.
Artículo 18.- Consideración de la buena fe.
Artículo 19.- Garantía del derecho a una alternativa habitacional digna.
Artículo 20.- Suspensión de los lanzamientos en situación de especial vulnerabilidad.
Artículo 21.- Comunicación con órganos judiciales para las situaciones de vulnerabilidad.
Artículo 22.- Medidas para promover el arrendamiento y la cesión de viviendas por parte de sus propietarios.
Artículo 23.- Colaboración con entidades financieras y de activos inmobiliarios.
Artículo 24.- Cesión y uso de viviendas desocupadas.
Artículo 25.- Concepto de grandes propietarios de viviendas.
Artículo 26.- Concepto de vivienda desocupada.
Artículo 27. - Registro de Viviendas Desocupadas de Aragón.
Artículo 28.- Parque Público de Vivienda Social de Aragón.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª.- Comisión informativa de la inembargabilidad de las prestaciones económicas de carácter social.
D.A. 2ª.- Registros en materia de vivienda.
D.A. 3ª.- Régimen de la vivienda habitual en Aragón.
D.A. 4ª.- Régimen de inspección.
D.A. 5ª.- Seguimiento y aplicación del Código de Buenas Prácticas para la reestructuración viable de las deudas con garantía hipotecaria sobre la vivienda habitual.
D.A. 6ª.- Referencias de género.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª.- Declaración de titularidad de viviendas desocupadas.
D.T. 2ª.- Suspensión de lanzamientos.
D.T. 3ª.- Procedimientos de embargo de ayudas.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª.- Títulos competenciales.
D.F. 2ª.- Desarrollo de la ley.
D.F. 3ª.- Nuevas prestaciones.
D.F. 4ª.- Comedores escolares, ayudas individualizadas de comedor y transporte y ayudas complementarias de educación especial.
D.F. 5ª.- Modificación del Decreto 143/2011, de 14 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Catálogo de Servicios sociales de la Comunidad Autónoma de Aragón.
D.F. 6ª.- Entrada en vigor.