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Ley 1/2011, de 28 de febrero, reguladora del Consejo Gallego de la Competencia. - Diario Oficial de Galicia de 08-03-2011

Tiempo de lectura: 7 min

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Ambito: Galicia

Estado: DEROGADO. Desde 16 de Febrero de 2014

F. entrada en vigor: 09/03/2011

Órgano emisor: PRESIDENCIA

Boletín: Diario Oficial de Galicia Número 46

F. Publicación: 08/03/2011


Exposición de motivos
Capítulo I. Del Consejo Gallego de la Competencia
Sección 1ª. Naturaleza, fines y funciones
Artículo 1º.-Naturaleza jurídica. Artículo 2º.-Fines y funciones.
Sección 2ª. Funciones
Artículo 3º.-Funciones de instrucción y resolución. Artículo 4º.-Funciones de colaboración y coordinación. Artículo 5º.-Control de las ayudas públicas. Artículo 6º.-Funciones de arbitraje. Artículo 7º.-Funciones consultivas. Artículo 8º.-Funciones de promoción de la competencia. Artículo 9º.-Funciones de asesoramiento y representación.
Sección 3ª. Facultades
Artículo 10º.-Deber de colaboración. Artículo 11º.-Facultad de inspección. Artículo 12º.-Capacidad sancionadora. Artículo 13º.-Vigilancia del cumplimiento de las obligaciones, resoluciones y acuerdos. Artículo 14º.-Impugnación de actos y normas. Artículo 15º.-Celebración de convenios.
Sección 4ª. Transparencia y control parlamentario
Artículo 16º.-Publicidad de actuaciones. Artículo 17º.-Control parlamentario.
Capítulo II. Organización
Sección 1ª. Órganos
Artículo 18º.-Órganos del consejo.
Sección 2ª. De la presidencia
Artículo 19º.-Nombramiento y duración del cargo. Artículo 20º.-Causas de cese y suspensión en el ejercicio del cargo. Artículo 21º.-Funciones de la presidencia.
Sección 3ª. Del pleno del consejo
Artículo 22º.-Composición del pleno. Artículo 23º.-Funcionamiento del pleno. Artículo 24º.-Funciones del pleno.
Sección 4ª. De la subdirección de investigación
Artículo 25º.-Organización y funciones de la subdirección de investigación.
Capítulo III. Estructura administrativa, de personal y régimen económico
Artículo 26º.-Estructura administrativa. Artículo 27º.-Personal. Artículo 28º.-Recursos del consejo. Artículo 29º.-Régimen presupuestario y contable.
Capítulo IV. Otras disposiciones
Artículo 30º.-Normas de procedimiento. Artículo 31º.-Recursos. Artículo 32º.-Deber de secreto.
Disposiciones adicionales
D.A. Única.-Representación en la Junta Consultiva en materia de conflictos.
Disposiciones transitorias
D.T. 1ª.-Tribunal Gallego de Defensa de la Competencia. D.T. 2ª.-Procedimientos en tramitación. D.T. 3ª.-Personal.
Disposiciones derogatorias
D.DT. Única.-Derogación normativa
Disposiciones finales
D.F. 1ª.-Desarrollo reglamentario. D.F. 2ª.-Entrada en vigor.