Instrucción 4/2011, de 24 de marzo, de la Junta Electoral Central, de interpretación del artículo 66 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, en lo relativo a las garantías de respeto a los principios de pluralismo, igualdad, proporcionalidad y neutralidad informativa por los medios de comunicación en periodo electoral. - Boletín Oficial del Estado de 28-03-2011
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 22 de Abril de 2015
Órgano emisor: JUNTA ELECTORAL CENTRAL
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 74
F. Publicación: 28/03/2011
Preambulo
Primero. Objeto.
Segundo. Juntas Electorales competentes.
Tercero. Principios que deben ser respetados por los medios de titularidad pública y garantías ante la Administración Electoral.
Cuarto. Planes de cobertura informativa de la campaña electoral.
Quinto. Recursos contra los planes de cobertura informativa de la campaña electoral.
Sexto. Recursos contra las actuaciones y programas emitidos con incidencia electoral.
Séptimo. Principios que deben ser garantizados por las emisoras de radio y televisión de titularidad privada.
Octavo. El principio de proporcionalidad que debe ser garantizado por las televisiones privadas.
Noveno. Recursos contra las actuaciones y los programas emitidos por emisoras de radio y televisión de titularidad privada.
Décimo. Publicación en el BOE y entrada en vigor.