Instrucción de 29 de septiembre de 2015, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre la aplicación de la Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España. - Boletín Oficial del Estado de 30-09-2015
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 30 de Septiembre de 2015
F. entrada en vigor: 01/10/2015
Órgano emisor: MINISTERIO DE JUSTICIA
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 234
F. Publicación: 30/09/2015
Preambulo
I. De los requisitos para acceder a la concesión de la nacionalidad española en el marco de la Ley 12/2015, de 24 de junio.
I.1 Solicitud.
I.2 Personas que pueden acogerse al procedimiento previsto por la Ley.
I.3 Capacidad. Especial consideración de los solicitantes menores de 18 años. Autorización previa en caso de menores de 14 años e incapaces.
I.4 Documentos que deben aportarse.
I.5 Legalización de los documentos.
I.6 Traducción.
I.7 Validez temporal de los certificados.
II. Del procedimiento de adquisición establecido por la Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España.
II.1 Acta de notoriedad.
II.2 Tasa.
II.3 Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado. Inscripción Recursos.
ANEXO I
ANEXO II