INSTRUCCION de 28 de febrero de 2006, de la Direccion General de los Registros y del Notariado, sobre competencia de los Registros Civiles Municipales en materia de adquisicion de nacionalidad española y adopciones internacionales. - Boletín Oficial del Estado de 24-03-2006
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 24 de Marzo de 2006
Órgano emisor: MINISTERIO DE JUSTICIA
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 71
F. Publicación: 24/03/2006
I. Introducción
II. Antecedentes y finalidad de la reforma introducida en la Ley del Registro Civil por la Ley 24/2005, de 18 de noviembre, de Impulso de la Productividad
Primera. Entrada en vigor de la reforma.
Segunda. Régimen jurídico-registral de las inscripciones de nacimiento practicadas en el Registro Civil del domicilio conforme a lo previsto en los apartados 3 y 4 del artículo 16 de la Ley del Registro Civil.
Tercera. Reglas especiales respecto de las inscripciones de adopción internacional.
Cuarta. Reglas especiales respecto de las inscripciones de adquisición de la nacionalidad española.
Quinta. Reglas comunes respecto de las inscripciones de adopción internacional y de adquisición de la nacionalidad española:
Sexta. Comunicación de haber practicado la inscripción de nacimiento al Registro Civil Central.
Séptima. Sistema de archivo en Registro Civil Central de los duplicados.
Octava. Vigencia de la reforma del artículo 20 de la Ley.
Novena. Régimen transitorio.
Décima. La intervención de los Jueces de Paz como delegados de los Encargados de los Registros Civiles municipales.
Undécima. Duplicado del Central a los Consulares.
Duodécima. Apertura de Libros especiales de la Sección primera.