Dt 5 Protección, Bienestar y Tenencia de animales de compañía
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»D.T. 5ª. Adaptación municipal a lo previsto en esta ley
Vigente
Las entidades locales dispondrán del plazo de dos años desde el momento en el que entre en vigor para desarrollar o adaptar sus ordenanzas a las normas de esta ley, así como los presupuestos, instalaciones y servicios necesarios para cumplir con lo previsto en esta ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 14-03-2023 en vigor desde 15-03-2023