Dt 5 Facilitación de la actividad económica
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»D.T. 5ª. Pérdida de eficacia de los efectos de la comunicación durante la pandemia del SARS-CoV-2
Vigente
Mientras sea aplicable alguna resolución emitida por el departamento competente en materia de salud que establezca medidas restrictivas para la contención del brote epidémico de la pandemia en el territorio de Cataluña producida por la pandemia del SARS-CoV-2, los plazos que establece el artículo 36.1 para la pérdida de eficacia de los efectos de la comunicación no son aplicables.
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 2/2021, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público.
(DOGC de 31-12-2021) en vigor desde 01-01-2022