Dt 4 Audiovisual

Dt 4 Audiovisual

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.T. 4ª. Autorización provisional para la prestación del servicio de comunicación audiovisual comunitario sin ánimo de lucro.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El órgano directivo de la Consejería competente en materia de medios de comunicación social de la Junta de Andalucía podrá autorizar la prestación de este servicio a las entidades que lo hayan solicitado a la fecha de entrada en vigor de la presente ley y que cumplan con lo establecido en el capítulo II del título V de esta ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 16-10-2018 en vigor desde 17-10-2018