Dt 3 Residuos de Canarias
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»D.T. 3ª. Adecuación de la recogida selectiva de municipios.
Vigente
La obligación de los municipios de población superior a cinco mil habitantes de implantar sistemas de recogida selectiva establecida en el artículo 31 no será exigible hasta el 1 de enero del año 2001.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 05-02-1999 en vigor desde 05-05-1999