Dt 3 Desarrollo de la Ley 14/2003, de calidad agroalimentaria
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»DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA.
Vigente
El carné de artesano/a alimentario/a, el diploma de maestro/a artesano/a y las empresas artesanales alimentarias, que existan en el momento de la entrada en vigor de este Decreto se inscribirán de oficio en el Registro de artesanía alimentaria.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 06-07-2006 en vigor desde 26-07-2006