Dt 3 Deporte de Andalucía
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»D.T. 3ª. Adaptación de planes existentes.
Vigente
El Plan Director de Instalaciones Deportivas de Andalucía se adaptará a esta ley en el plazo de dos años a contar desde la entrada en vigor de la misma. A su vez, los planes locales de instalaciones deportivas que estuvieran en vigor deberán adaptarse al Plan Director en el plazo de un año desde su entrada en vigor.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 22-07-2016 en vigor desde 22-08-2016