Dt 2 Turismo de Illes Balears
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»D.T. 2ª
Vigente
A las ampliaciones o a los nuevos establecimientos de alojamiento hote lero de cuatro y cinco estrellas, que en el plazo de cuatro años desde la entrada en vigor de esta ley requieran adquirir plazas turísticas y acudan al organismo gestor establecido en su artículo 91, se les reducirá el 50% de su coste, excep tuando aquellas regularizaciones realizadas en aplicación de la disposición adi cional quinta de la presente ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 21-07-2012 en vigor desde 22-07-2012