Dt 2 Residuos de Canarias

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D.T. 2ª. Adecuación de las ordenanzas de las entidades locales.

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Las entidades locales tendrán un plazo de un año para adecuar sus ordenanzas y reglamentos del servicio de recogida y tratamiento de residuos a los contenidos de la presente Ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 05-02-1999 en vigor desde 05-05-1999