Dt 2 Reglamento de actuaciones arqueológicas
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.T. 2ª. Depósito de materiales producto de las actuaciones arqueológicas y paleontológicas
Vigente
Las direcciones técnicas de actuaciones arqueológicas y paleontológicas concluidas, cuyos materiales no hayan sido entregados al museo designado por el órgano competente a la entrada en vigor de este decreto, deberán proceder a realizar el correspondiente depósito en el plazo de ocho meses.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-10-2017 en vigor desde 26-01-2018