Dt 2 Normas específicas p...rdia Civil

Dt 2 Normas específicas para la clasificación y provisión de destinos en la Guardia Civil

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D.T. 2ª. Tiempo máximo de permanencia en los destinos.

Vigente

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La limitación prevista en el artículo 36, sobre tiempo máximo en determinados destinos, será de aplicación a los que sean asignados a partir del 8 de abril de 2022, sin que, en ningún caso, sean computables a estos efectos los tiempos en destinos ya asignados previamente.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-01-2021 en vigor desde 23-01-2021