Dt 2 Juventud de Aragón
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»D.T. 2ª.- Normativa reglamentaria de aplicación transitoria.
Vigente
Hasta que se proceda a la aprobación del desarrollo reglamentario de la presente ley, serán de aplicación las disposiciones autonómicas de carácter general vigentes en las materias reguladas en aquella en tanto no la contradigan.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 10-04-2015 en vigor desde 11-04-2015