Dt 2 Facilitación de la actividad económica
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»D.T. 2ª. Envío de comunicaciones relativas al inicio de actividades empresariales antes de la adhesión de los ayuntamientos a la Ventanilla Única Empresarial
Vigente
La comunicación relativa al inicio de una actividad empresarial presentada a las administraciones públicas de Cataluña debe remitirse a la administración competente mediante la extranet de las administraciones catalanas si se trata de ayuntamientos aún no adheridos a la Ventanilla Única Empresarial.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2020 en vigor desde 20-01-2021