Dt 1 Reglamento sobre el uso del dominio público radioeléctrico
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»D.T. 1ª. Procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto.
Vigente
1. Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente real decreto, y del reglamento que aprueba, se tramitarán y resolverán por la normativa vigente en el momento de iniciarse el procedimiento.
2. No obstante lo anterior, el interesado podrá con anterioridad a la resolución desistir de su solicitud y, de este modo, optar por la aplicación del presente real decreto y del reglamento que aprueba.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 08-03-2017 en vigor desde 28-03-2017