Df única Reforma del Estatuto de Autonomia de las Illes Balears
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»D.F. UNICA. Vigencia.
Vigente
Esta ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Por tanto, Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley orgánica.
Madrid, 28 de febrero de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno, JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ ZAPATERO
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 01-03-2007 en vigor desde 02-03-2007