Df 9 Autonomía Local
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»D.F. 9ª. Adaptación de las entidades instrumentales locales.
Vigente
En el plazo de tres años desde la entrada en vigor de la presente ley, las entidades instrumentales locales existentes deberán adaptarse al régimen jurídico de la presente ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 23-06-2010 en vigor desde 23-07-2010