Df 6 Reglamento orgánico de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad
D.F. 6ª. Modificación del Decreto 37/2015, de 27 de marzo, por el que se aprueba y regula el Sistema de Información de Actuaciones Administrativas de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Se modifica el Decreto 37/2015, de 27 de marzo, por el que se aprueba y regula el Sistema de Información de Actuaciones Administrativas de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en los términos siguientes:
Uno.- Se añade un artículo 9, redactado en los siguientes términos:
"Artículo 9. - Intermediaciónde datos
1. El SICAC dispondrá de un listado actualizado de servicios de intermediación de datos disponibles en la plataforma de intermediación del Gobierno de Canarias y vinculado a esta.
2. Los procedimientos y servicios contenidos en el SICAC contendrán relación actualizada de los servicios de intermediación de datos disponibles que se intermedian.
3. Con el objeto de no requerir documentación a la ciudadanía que ya se encuentre disponible en el sistema de intermediación del Gobierno de Canarias, no podrá darse de alta en el SICAC procedimientos y servicios que requieran obligatoriamente su presentación, sin perjuicio del derecho de los interesados e interesadas a aportar los datos y documentos que estimen conveniente.
A tal efecto el centro directivo responsable del SICAC establecerá los criterios y dictará las instrucciones necesarias para dar efecto al presente artículo".
Dos.- Se añade una disposición adicional cuarta con la siguiente redacción:
"Disposición adicional cuarta.- Plazo para la adaptación de los procedimientos y servicios.
Los órganos competentes en cada procedimiento deberán adaptar los procedimientos y servicios ya inscritos en el SICAC a los requisitos del artículo 9 antes del 31 de diciembre de 2021".
- Texto Original. Publicado el 25-03-2021 en vigor desde 26-03-2021