Df 6 Estatuto Juridico del Personal Estatutario del Servicio de Salud
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»D.F. 6ª. Entrada en vigor.
Vigente
La presente Ley entrará en vigor al mes de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Por lo tanto, mando a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley la cumplan, y a todos los Tribunales y Autoridades que corresponda que la hagan cumplir.
Valladolid, a 7 de marzo de 2007. El Presidente de la Junta de Castilla y León, Fdo.: Juan Vicente Herrera Campo
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 14-03-2007 en vigor desde 14-04-2007