Df 6 Enseñanzas artísticas superiores y organización y equivalencias de las enseñanzas artísticas profesionales
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.F. 6ª. Desarrollo de la presente ley.
Vigente
Las normas de esta ley podrán ser desarrolladas por las comunidades autónomas, a excepción de las relativas a aquellas materias cuya regulación se encomienda por la propia ley al Gobierno, o que corresponden a la competencia exclusiva del Estado de acuerdo con el artículo 149.1.30.ª de la Constitución Española.