Df 5 Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso
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»D.F. 5ª. Entrada en vigor.
Vigente
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 1 de agosto de 2014.
FELIPE R.
La Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia,
SORAYA SÁENZ DE SANTAMARÍA ANTÓN
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-08-2014 en vigor desde 27-08-2014