Df 4 Régimen de controles a aplicar por la Agencia de Información y Control Alimentarios
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»D.F. 4ª. Entrada en vigor.
Vigente
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 6 de febrero de 2015.
FELIPE R.
La Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente,
ISABEL GARCÍA TEJERINA
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 07-02-2015 en vigor desde 08-02-2015