Df 4 Estatuto Juridico del Personal Estatutario del Servicio de Salud
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»D.F. 4ª. Regulación del procedimiento para la creación, modificación o supresión de categorías y, en su caso, grupos profesionales de personal estatutario.
Vigente
En el plazo de doce meses a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, se desarrollará reglamentariamente el procedimiento para la creación, modificación y supresión de categorías y, en su caso, grupos profesionales de personal estatutario.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 14-03-2007 en vigor desde 14-04-2007