Df 3 Medidas de emergencia en relación con las prestaciones económicas del Sistema Público de Servicios Sociales y con el acceso a la vivienda
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.F. 3ª.- Nuevas prestaciones.
Vigente
En caso de regularse nuevas prestaciones que sustituyan total o parcialmente a las previstas en la presente ley, se mantendrán, para las nuevas, todas las medidas establecidas aquí para garantizar la eficacia de los derechos sociales, adaptándolas a sus especificidades de información, transparencia, reclamación y otras.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-12-2016 en vigor desde 01-01-2017