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Df 3 Gratificaciones e indemnizaciones a percibir por las personas miembros de la Administración Electoral y el personal a su servicio, las juezas y jueces de primera instancia o de paz, las personas representantes de la Administraciones

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D.F. 3ª.- Entrada en vigor.

Vigente

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El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Dado en Canarias, a 29 de diciembre de 2022.

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Ángel Víctor Torres Pérez.

EL CONSEJERO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, JUSTICIA Y SEGURIDAD, Julio Manuel Pérez Hernández.