Df 2 SERVICIOS DE INFORMACION ADMINISTRATIVA Y ATENCION AL CIUDADANO
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.F. 2ª. Entrada en vigor.
Vigente
Este Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Dado en Madrid a 9 de febrero de 1996.
JUAN CARLOS R.
El Ministro para las Administraciones Públicas,
JUAN LERMA BLASCO
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 04-03-1996 en vigor desde 05-03-1996