Df 2 Régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales
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»D.F. 2ª. Entrada en vigor.
Vigente
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, a 5 de septiembre de 2003.
JUAN CARLOS R.
El Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de la Presidencia,
JAVIER ARENAS BOCANEGRA
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 15-09-2003 en vigor desde 16-09-2003