Df 2 Gratificaciones e indemnizaciones a percibir por las personas miembros de la Administración Electoral y el personal a su servicio, las juezas y jueces de primera instancia o de paz, las personas representantes de la Administraciones
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»D.F. 2ª.- Habilitación para dictar instrucciones.
Vigente
Se faculta a la persona titular de la dirección general competente en materia de procesos electorales para dictar cuantos actos e instrucciones sean precisos para el cumplimiento del presente Decreto.