Df 2 Facilitación de la actividad económica
D.F. 2ª. Modificación del texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto
1. Se modifica la letra c del apartado 2 del artículo 187 del texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto, que queda redactada del siguiente modo:
«c) Los actos a que se refiere el artículo 187 bis, excepto los de las letras g e i, que se realicen en suelo no urbanizable y urbanizable no delimitado.»
2. Se añade una letra, la i, al artículo 187 bis del texto refundido de la Ley de urbanismo, con el siguiente texto:
«i) Las obras de conexión, sustitución, sondeos de comprobación y reparación de averías de las de infraestructuras de servicios técnicos a que se refiere la letra a del artículo 34.5 bis, excepto las que estén sujetos al régimen de declaración responsable que establece la legislación de telecomunicaciones.»
- Modificación realizada (D.F. 2ª (apdo. 1, se corrige)) por CORRECCIÓN DE ERRATAS en la Ley 18/2020, de 28 de diciembre, de facilitación de la actividad económica (DOGC núm. 8307, de 31.12.2020).
(DOGC de 03-02-2021) en vigor desde 20-01-2021 - Texto Original. Publicado el 31-12-2020 en vigor desde 20-01-2021