Df 2 Estatuto Juridico de...o de Salud

Df 2 Estatuto Juridico del Personal Estatutario del Servicio de Salud

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D.F. 2ª. Regulación del procedimiento para la elaboración de las plantillas orgánicas.

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En el plazo de doce meses a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, se desarrollará reglamentariamente el procedimiento de elaboración de la plantilla orgánica de los centros e instituciones sanitarias de la Gerencia Regional de Salud.

Las plantillas orgánicas resultantes serán objeto de aprobación y publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León» a lo largo de los seis meses naturales posteriores a la aprobación de dicho procedimiento.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 14-03-2007 en vigor desde 14-04-2007