Df 2 Estancia y acogida d...en Ucrania

Df 2 Estancia y acogida de personas menores de edad desplazadas con motivo del conflicto bélico en Ucrania

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D.F. 2ª. Entrada en vigor.

Vigente

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El presente decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y mantendrá su vigencia mientras persista la situación de desplazamiento de menores de edad consecuencia de la crisis humanitaria en Ucrania.

Sevilla, 17 de mayo de 2022

JUAN MANUEL MORENO BONILLA

Presidente de la Junta de Andalucía

ROCÍO RUIZ DOMÍNGUEZ

Consejera de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación