Df 2 desarrolla la Ley 55/2007 -Cine-
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»D.F. 2ª. Desarrollo y habilitación normativa.
Vigente
1. Se autoriza a la persona titular del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para que, mediante orden ministerial, establezca las bases reguladoras de las ayudas a las que hace referencia el capítulo III, así como para dictar las disposiciones necesarias para la aplicación del mismo.
2. Cuando razones técnicas o de oportunidad así lo aconsejen, la persona titular del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, oídas las comunidades autónomas, podrá modificar las calificaciones de las películas por grupos de edades a que se refiere el artículo 6.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 05-12-2015 en vigor desde 06-12-2015