Df 1 Salud

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D.F. 1ª.

Vigente

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A la entrada en vigor de la presente Ley quedará automáticamente extinguido el organismo autónomo Servicio de Salud de la Región de Murcia, y el ente público Servicio Murciano de Salud se subrogará en todos los derechos y obligaciones de aquél.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 04-08-1994 en vigor desde 01-01-1995