Df 1 Precursores de explosivos

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D.F. 1ª. Título competencial.

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Esta ley se dicta al amparo de lo previsto en el artículo 149.1.10.ª, 18.ª, 26.ª y 29.ª de la Constitución española, que atribuyen al Estado la competencia exclusiva sobre comercio exterior, las bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas y el procedimiento administrativo común, el régimen de producción, comercio, tenencia y uso de explosivos y la seguridad pública.